La agencia francesa de seguridad alimentaria echa por tierra las hipótesis de la Comisión sobre la "equivalencia" de las plantas transgénicas
Por Claire Robinson, 10 de enero de 2024
La ANSES afirma que "no hay base científica" para la propuesta de la Comisión de eliminar las salvaguardias reguladoras de los nuevos transgénicos. Artículo: Claire Robinson
La agencia francesa de seguridad alimentaria ANSES ha echado por tierra la propuesta de la Comisión Europea de definir una clase de nuevas plantas modificadas genéticamente (las denominadas plantas NGT de categoría I [Nuevas Técnicas de Modificación Genética]) que quedarían exentas de la evaluación de riesgos, la trazabilidad y el etiquetado debido a su supuesta "equivalencia... con las plantas convencionales".
La Comisión ha propuesto específicamente como criterio para esta equivalencia un umbral de no más de 20 modificaciones genéticas por planta, en el sitio objetivo y en sitios con secuencias similares, y un tamaño de 20 nucleótidos para inserciones y sustituciones.
Pero la ANSES afirma que no hay base científica para tal suposición de equivalencia. Afirma:
"No se asume que modificaciones genéticas similares obtenidas por técnicas diferentes presenten riesgos diferentes", y "si ciertos tipos y números de mutaciones pueden ser introducidos por técnicas de mejora convencionales así como por NTGs, entonces el tipo de rasgos asociados con estas mutaciones no diferirá entre estas técnicas".
Y concluye que basta con considerar únicamente el tipo y el número de mutaciones para evaluar la equivalencia entre estas plantas, y que no es necesario considerar los efectos asociados.
"El GT Biotecnología [grupo de trabajo de expertos en biotecnología de la ANSES] considera que no existe base científica para la equivalencia de tipo de rasgo o nivel de riesgo entre dos categorías de plantas sobre la base de un contenido equivalente de variaciones o modificaciones genéticas definidas únicamente por su tipo, tamaño y número”
"El GT señala que la variabilidad genética o las variaciones genéticas observadas en la naturaleza son el producto de miles de años de evolución, deriva o selección natural. Las variaciones o modificaciones genéticas observadas en las variedades producidas mediante técnicas convencionales de fitomejoramiento han sido objeto de selección por parte de los fitomejoradores”.
"En ambos casos, se eliminan las variaciones o modificaciones genéticas asociadas a efectos deletéreos, ya sea en términos de la aptitud de la planta o de su valor selectivo en la naturaleza, o en términos de las características agronómicas y cualitativas buscadas por el hombre en los programas de mejora convencionales. La eliminación o selección de estas variaciones y modificaciones no se basa en su tipo, tamaño o número, sino en su impacto potencial sobre una función biológica”
"El GT Biotecnología subraya que las consecuencias funcionales o biológicas de una variación o modificación genética dada no vienen determinadas por su tipo o tamaño”
"No obstante, al analizar el enfoque de equivalencia propuesto, que se centra en los tipos, tamaños y número de modificaciones genéticas, el GT de Biotecnología considera que los umbrales de 20 modificaciones genéticas por planta, en el sitio objetivo y en sitios con secuencias similares, y un tamaño de 20 nucleótidos para inserciones y sustituciones, no están justificados. Tampoco lo está la aceptación de cualquier deleción o inversión sin condiciones o, en menor medida, de la cisgénesis dirigida sin condiciones de ortología de la diana. Tampoco se justifica la falta de consideración de modificaciones potenciales fuera de los sitios objetivo y secuencias similares (con excepción de elementos transgénicos, debido a la definición de la planta NGT)."
La ANSES agrega:
"Debe considerarse la posibilidad o probabilidad de que una determinada modificación o combinación de modificaciones pueda obtenerse por técnicas convencionales."
Este último punto es importante. Aunque teóricamente es posible que un chimpancé con un procesador de textos escriba este artículo, la probabilidad de que esto ocurra en un plazo realista es prácticamente nula. En ninguna parte la Comisión o sus partidarios han definido la probabilidad de la afirmación de que cualquier organismo modificado genéticamente pueda producirse mediante procesos tradicionales o de que dicho organismo modificado genéticamente tenga efectos biológicos equivalentes a los de una planta convencional.
Estamos de acuerdo con el análisis de ANSES. Basar las suposiciones de equivalencia entre organismos modificados genéticamente y organismos convencionales en argumentos relacionados con el tipo, número y tamaño de las mutaciones no tiene base científica y pone en riesgo la salud pública y el medio ambiente. Una mutación puede ser "pequeña" pero tener grandes consecuencias, como hacer que la planta sea tóxica o alergénica. Es vital que la evaluación de riesgos, la trazabilidad y el etiquetado se mantengan para TODOS los organismos modificados genéticamente.
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